Legislación › Ley 1/1993, de 13 de abril, de Protección de Animales Domésticos y Salvajes en Cautividad.
Disposición adicional tercera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 1993 y la del 8 de octubre de 2014.
Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras).
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Disposición adicional tercera.
Se autoriza al Consejo de a la Junta Xunta de Galicia para la actualización por decreto a modificar, anualmente, el importe de las sanciones pecuniarias establecidas en el artículo 24 de la presente Ley. ley conforme a la variación anual del IPC o índice que lo sustituya.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de octubre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-10826 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 1993 | Texto original | Leer |
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