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Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Artículo 28. Base liquidable.

Artículo 28. Base liquidable.

1. La base liquidable será el resultado de minorar la base imponible en 550.000 euros, en concepto de mínimo exento.

2. Lo establecido en el número anterior será aplicable a los sujetos pasivos que tributen tanto por obligación personal como por obligación real.

Se modifica el apartado 1, con efectos desde el 1 de enero de 2016, por el art. 2.2 de la Ley Foral 23/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-573

Se modifica el apartado 1 por el art. 2.2 de la Ley Foral 29/2014, de 24 de diciembre. BOE-A-2015-1017

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2012, por el art. único.2 de la Ley Foral 23/2012, de 26 de diciembre. BOE-A-2013-503

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BON núm. 4, de 8 de enero de 2013.

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2011, por el art. 2.8 de la Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre. BOE-A-2012-1546

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2005, por el art. 2.1 de la Ley Foral 19/2005, de 29 de diciembre. BOE-A-2006-846

Se modifica por el art. 2.3 de la Ley Foral 23/1998 de 30 de diciembre. BOE-A-1999-2523

Se modifica por el art. 2.1 de la Ley Foral 25/1994, de 29 de diciembre. BOE-A-1995-7062

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1017 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-503 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-846 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 BOE-A-1999-2523 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 BOE-A-1995-7062 Leer Qué cambió
1 de enero de 1993 Texto original Leer

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