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Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Artículo 28. Base liquidable.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1993 y la del 1 de enero de 1995. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 28. Base liquidable.
La base imponible de los sujetos pasivos a que se refiere el número 2 del artículo 6.º se reducirá, en concepto de mínimo exento, en 20.000.000 21.000.000 de pesetas.
Este mínimo exento no será aplicable a los sujetos pasivos a los que se refiere el número 3 del artículo 6.º

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1017 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-503 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-846 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 BOE-A-1999-2523 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 BOE-A-1995-7062 Leer Qué cambió
1 de enero de 1993 Texto original Leer

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