Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Artículo 28. Base liquidable.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 31 de diciembre de 2005.
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Artículo 28. Base liquidable.
La base imponible de los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 4 4.º de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se reducirá, minorará, en concepto de mínimo exento, en 25.000.000 150.253,03 euros.
Adicionalmente, los sujetos pasivos cuya base imponible sea igual o inferior a 300.506,06 euros practicarán una reducción de pesetas. 150.253,03 euros.
Este mínimo exento Lo establecido en los párrafos anteriores no será aplicable a los sujetos pasivos que tributen por obligación real.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2016-573 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1017 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-503 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-1546 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2005 | BOE-A-2006-846 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1999-2523 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1995 | BOE-A-1995-7062 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | Texto original | Leer |


