Legislación › Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Artículo 28. Base liquidable.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 31 de diciembre de 2015.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 28. Base liquidable.
1. La base liquidable será el resultado de minorar la base imponible en 800.000 550.000 euros, en concepto de mínimo exento.
2. Lo establecido en el número anterior será aplicable a los sujetos pasivos que tributen tanto por obligación personal como por obligación real.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2016-573 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1017 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-503 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-1546 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2005 | BOE-A-2006-846 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1999-2523 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1995 | BOE-A-1995-7062 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | Texto original | Leer |


