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Real Decreto 1773/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de telecomunicaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Justicia e Interior · Publicada el 20 de agosto de 1994 · Último cambio el 8 de marzo de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. preambulo 2 redacciones · cambió el 08/03/2017
  2. Preámbulo
  3. Artículo 1. Autorizaciones.
  4. Artículo 2. Concesiones.
  5. Artículo 3. Procedimiento sancionador.
  6. Artículo 4. Modificación del Real Decreto 1066/1989.
  7. Disposición adicional única. Desestimación presunta de reclamaciones.
  8. Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
  9. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  10. Disposición final única. Entrada en vigor.
  11. Firma
  12. ANEXO I
  13. Artículo 1. Régimen jurídico.
  14. Artículo 2. Documentación.
  15. Artículo 3. Plazos y resolución presunta.
  16. ANEXO II
  17. TÍTULO I
  18. Artículo 1. Régimen jurídico.
  19. Artículo 2. Ambito de aplicación.
  20. TÍTULO II
  21. CAPÍTULO I
  22. Sección 1
  23. Artículo 3. Forma de iniciación.
  24. Artículo 4. Subsanación de defectos.
  25. Artículo 5. Requerimientos.
  26. Sección 2
  27. Artículo 6. Denegación de la solicitud.
  28. Artículo 7. Presentación de proyecto técnico o Memoria técnica.
  29. Artículo 8. Aprobación y subsanación del proyecto o Memoria.
  30. Artículo 9. Características técnicas y plazos de instalación.
  31. Artículo 10. Parámetros de la instalación en caso de necesidad de proyecto o Memoria.
  32. Artículo 11. Plazos para la instalación completa.
  33. Artículo 12. Certificación de la instalación.
  34. Artículo 13. Reconocimiento técnico de la instalación.
  35. Artículo 14. Subsanación de la instalación.
  36. Artículo 15. Caducidad.
  37. Sección 3
  38. Artículo 16. Plazo para resolver.
  39. Artículo 17. Desestimación presunta.
  40. Artículo 18. Recursos.
  41. Sección 4
  42. Artículo 19. Supuestos e iniciación.
  43. Artículo 20. Modificación de oficio.
  44. Artículo 21. Tramitación.
  45. Artículo 22. Transmisión de la concesión.
  46. Sección 5
  47. Artículo 23. Supuestos e iniciación.
  48. Artículo 24. Actos de instrucción.
  49. Artículo 25. Plazo para resolver.
  50. Artículo 26. Iniciación de oficio.
  51. Artículo 27. Desmantelamiento de instalaciones.
  52. CAPÍTULO II
  53. Artículo 28. Concesiones del artículo 22 de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones.
  54. Artículo 29. Concesiones del articulo 23 de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones.
  55. CAPÍTULO III
  56. Artículo 30. De las concesiones a las Corporaciones Locales, a las que se refiere el Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre.
  57. Artículo 31. De las concesiones a personas físicas o jurídicas privadas.
  58. Artículo 32. Plazo de resolución de la concesión de frecuencias.
  59. ANEXO III
  60. Artículo 1. Régimen jurídico.
  61. Artículo 2. Plazo para resolver.
  62. Artículo 3. Prescripción.
  63. Artículo 4. Órgano competente.
  64. Artículo 5. Nombramiento de Instructor y Secretario.
  65. Artículo 6. Medidas provisionales.
  66. Artículo 7. Caducidad.
  67. Artículo 8. Órgano competente para sancionar.
  68. ANEXO IV