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Legislación › Real Decreto 2538/1994, de 29 de diciembre, por el que se dicta normas de desarrollo relativas al Impuesto General Indirecto Canario y al Arbitrio sobre la Producción e Importación en las islas Canarias, creados por la Ley 20/1991, de 7 de junio.

Artículo 32. Exenciones de las importaciones en régimen diplomático o consular.

Artículo 32. Exenciones de las importaciones en régimen diplomático o consular.

(Derogado)

Se deroga por el art. único.16 del Real Decreto 1160/2001, de 26 de octubre. BOE-A-2001-20931.

Se deja sin efecto en la forma indicada por la disposición derogatoria única.4 por el Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre. BOE-A-2000-24368.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de noviembre de 2001 En vigor BOE-A-2001-20931 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 BOE-A-2000-24368 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 Texto original Leer

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