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Real Decreto 2538/1994, de 29 de diciembre, por el que se dicta normas de desarrollo relativas al Impuesto General Indirecto Canario y al Arbitrio sobre la Producción e Importación en las islas Canarias, creados por la Ley 20/1991, de 7 de junio.
En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 31 de diciembre de 1994 · Último cambio el 20 de noviembre de 2007 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- LIBRO I
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Naturaleza del Impuesto.
- Artículo 2. Ámbito espacial.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 3. Hecho imponible.
- Artículo 4. Concepto de actividades empresariales o profesionales. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 5. Concepto de empresarios o profesionales.
- Artículo 6. Concepto de edificaciones.
- Artículo 7. Concepto de entrega de bienes.
- Artículo 8. Concepto de prestación de servicios. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 9. Concepto de importación de bienes.
- Artículo 10. Operaciones no sujetas. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Exenciones en operaciones interiores. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 12. Concepto de entidades o establecimientos de carácter social.
- Artículo 13. Concepto de comerciante minorista. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 14. Exenciones relativas a las exportaciones. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 15. Exenciones en operaciones asimiladas a las exportaciones. 3 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 16. Exenciones relativas a las zonas y depósitos francos y depósitos aduaneros.
- Artículo 17. Exenciones relacionadas con los regímenes aduaneros especiales.
- Artículo 18. Exenciones en las importaciones de bienes.
- Artículo 19. Exenciones en importaciones definitivas de bienes cuya entrega interior está exenta.
- Artículo 20. Exenciones en las importaciones de bienes por cambio de residencia.
- Artículo 21. Exenciones en las importaciones de bienes en el marco de determinadas relaciones internacionales.
- Artículo 22. Exenciones en importaciones de bienes que tengan por objeto el cumplimiento de fines de interés social.
- Artículo 23. Exenciones en las importaciones de bienes para fines educativos, científicos y culturales.
- Artículo 24. Exenciones en las importaciones de bienes para fines de prospección comercial.
- Artículo 25. Exenciones en las importaciones de bienes en régimen de viajeros y pequeños envíos.
- Artículo 26. Exenciones en las importaciones de bienes destinados a organismos competentes en materia de protección de la propiedad intelectual o industrial.
- Artículo 27. Exenciones en la importación de carburantes.
- Artículo 28. Exenciones en las importaciones de publicaciones oficiales, impresos y documentos diversos.
- Artículo 29. Reimportaciones de bienes exentas del Impuesto.
- Artículo 30. Importaciones de productos de la pesca.
- Artículo 31. Exenciones de las prestaciones de servicios relacionadas con las importaciones.
- Artículo 32. Exenciones de las importaciones en régimen diplomático o consular. 3 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 33. Importaciones de bienes exentas en virtud de Convenios internacionales. 3 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 34. Exenciones en regímenes especiales de importación.
- Artículo 35. Otras exenciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 36. Lugar de realización de las entregas de bienes.
- Artículo 37. Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Regla general.
- Artículo 38. Concepto de establecimiento permanente.
- Artículo 39. Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas especiales. 3 redacciones · cambió el 09/11/2001
- CAPÍTULO IV
- Artículo 40. Devengo del Impuesto en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios.
- Artículo 41. Devengo en las importaciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 42. Sujetos pasivos en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 43. Repercusión del Impuesto.
- Artículo 44. Requisitos formales de la repercusión.
- Artículo 45. Requisitos temporales de la repercusión.
- Artículo 46. Rectificación de las cuotas impositivas repercutidas. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 47. Sujetos pasivos en las importaciones de bienes y responsables del impuesto.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 48. Base imponible en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios: Regla general. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 49. Modificación de la base imponible. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 50. Base imponible. Reglas especiales.
- Artículo 51. Determinación de la base imponible.
- Artículo 52. La base imponible en las importaciones de bienes. Regla general.
- Artículo 53. La base imponible en las importaciones de bienes. Reglas especiales.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 54. Tipo impositivo general. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 55. Tipo cero. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 56. Tipo reducido. 3 redacciones · cambió el 20/11/2007
- Artículo 56 bis. Tipo incrementado.
- Artículo 57. Tipo incrementado. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 57 bis. Tipos especiales.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 58. Naturaleza y ámbito de aplicación.
- Artículo 59. Requisitos subjetivos de la deducción. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 60. Cuotas tributarias deducibles. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 61. Exclusiones y restricciones del derecho a deducir. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 62. Requisitos formales de la deducción.
- Artículo 63. Nacimiento del derecho a deducir.
- Artículo 64. Ejercicio del derecho a la deducción. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 65. Caducidad del derecho a la deducción. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 66. Régimen de deducciones en actividades diferenciadas. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 67. Regla de prorrata. 3 redacciones · cambió el 20/11/2007
- Artículo 68. Clases de prorrata y criterios de aplicación.
- Artículo 69. La prorrata general. 3 redacciones · cambió el 20/11/2007
- Artículo 70. Procedimiento de la prorrata general.
- Artículo 71. La prorrata especial. 3 redacciones · cambió el 20/11/2007
- Artículo 72. Deducciones por bienes de inversión y regularización de las mismas.
- Artículo 73. Concepto de bienes de inversión. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 74. Procedimiento para practicar la regularización de deducciones por bienes de inversión.
- Artículo 75. Transmisión de bienes de inversión durante el período de regularización.
- Artículo 76. Deducciones de las cuotas soportadas o satisfechas con anterioridad al inicio de la realización de entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a actividades empresariales o profesionales. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 77. Regularización de las deducciones de las cuotas soportadas con anterioridad al inicio de la realización de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a actividades empresariales o profesionales. 3 redacciones · cambió el 20/11/2007
- Artículo 78. Procedimiento de regularización de deducciones de las cuotas soportadas con anterioridad al inicio de la realización de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a actividades empresariales o profesionales. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 79. Regularización de las cuotas correspondientes a bienes de inversión soportadas con anterioridad al inicio de la realización de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a actividades empresariales o profesionales. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 80. Rectificación de deducciones.
- Artículo 81. Requisitos formales de la rectificación de deducciones.
- Artículo 82. Plazos de la rectificación de deducciones. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- CAPÍTULO II
- Artículo 83. Supuestos generales de devolución. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 84. Devoluciones en la exportación.
- Artículo 85. Devoluciones en las exportaciones en régimen de viajeros.
- Artículo 86. Garantías de las devoluciones.
- Artículo 87. Devoluciones a personas no establecidas en las islas Canarias.
- Artículo 88. Requisitos para el ejercicio del derecho a la devolución.
- Artículo 89. Determinación de las cuotas a devolver.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 90. Normas generales. 4 redacciones · cambió el 20/11/2007
- CAPÍTULO II
- Artículo 91. Extensión subjetiva. 2 redacciones · cambió el 17/01/1998
- Artículo 92. Renuncia al régimen simplificado. 2 redacciones · cambió el 17/01/1998
- Artículo 93. Exclusión del régimen simplificado. 3 redacciones · cambió el 30/10/1999
- Artículo 94. Ámbito objetivo. 3 redacciones · cambió el 30/10/1999
- Artículo 95. Contenido del régimen simplificado y periodificación de ingresos. 4 redacciones · cambió el 20/11/2007
- Artículo 96. Aprobación de índices, módulos y demás parámetros. 2 redacciones · cambió el 17/01/1998
- Artículo 97. Determinación del volumen de operaciones. 3 redacciones · cambió el 09/11/2001
- CAPÍTULO III
- Artículo 98. Régimen especial de los bienes usados.
- Artículo 99. Concepto de bienes usados.
- Artículo 100. Contenido del régimen de bienes usados.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 101. Régimen especial de los objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
- Artículo 102. Concepto de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 103. Contenido del régimen especial de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
- CAPÍTULO V
- Artículo 104. Régimen especial de las agencias de viajes. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 105. Naturaleza.
- Artículo 106. Repercusión del Impuesto.
- Artículo 107. Exenciones. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 108. Lugar de realización del hecho imponible.
- Artículo 109. La base imponible. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 110. Determinación de la base imponible.
- Artículo 111. Deducciones.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 112. Naturaleza y ámbito de aplicación.
- Artículo 113. Renuncia al régimen especial.
- Artículo 114. Concepto de explotación agrícola, forestal o ganadera. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 115. Supuestos de no aplicación. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 116. Actividades económicas excluidas del régimen especial de la agricultura y ganadería.
- Artículo 117. Servicios accesorios incluidos en el régimen especial. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- Artículo 118. Realización de actividades económicas diferenciadas.
- Artículo 119. Obligaciones de los sujetos pasivos acogidos al régimen especial de la agricultura y ganadería.
- Artículo 120. Reintegro de las compensaciones.
- Artículo 121. Sujetos obligados al reintegro de las compensaciones.
- Artículo 122. Supuestos de no aplicación de las compensaciones.
- Artículo 123. Recursos e infracciones.
- Artículo 124. Deducción de las compensaciones correspondientes al régimen especial de la agricultura y ganadería.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 125. Recargo sobre las importaciones efectuadas por comerciantes minoristas. 2 redacciones · cambió el 09/11/2001
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 125 bis. Régimen especial aplicable a las operaciones con oro de inversión.
- Artículo 125 ter. Concepto de oro de inversión.
- Artículo 125 quáter. Renuncia a la exención.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 125 quinquies. Renuncia a las exenciones.
- TÍTULO IV
- Artículo 126. Deducciones en el régimen transitorio.
- Artículo 127. Requisitos de las deducciones en el régimen transitorio.
- Artículo 128. Deducciones relativas a existencias en concepto del Arbitrio Insular sobre el Lujo.
- Artículo 129. Régimen transitorio de los bienes de inversión.
- LIBRO II
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 130. Naturaleza del Arbitrio.
- Artículo 131. Ámbito espacial.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 132. Hecho imponible.
- Artículo 133. Concepto de empresario.
- Artículo 134. Concepto de actividad empresarial de producción de bienes.
- CAPÍTULO II
- Artículo 135. Exenciones en operaciones interiores.
- Artículo 136. Exenciones en las exportaciones y operaciones asimiladas a las mismas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 137. Devengo del Arbitrio.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 138. Sujeto pasivo del Arbitrio.
- Artículo 139. Repercusión del Arbitrio.
- CAPÍTULO V
- Artículo 140. Base imponible.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 141. Importación de bienes.
- CAPÍTULO II
- Artículo 142. Exenciones en las importaciones de bienes. 2 redacciones · cambió el 30/12/2000
- CAPÍTULO III
- Artículo 143. Devengo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 144. Sujetos pasivos y responsables del Impuesto.
- CAPÍTULO V
- Artículo 145. Base imponible.
- TÍTULO III
- Artículo 146. Tipo de gravamen.
- Artículo 147. Cuota tributaria.
- Artículo 148. Deducciones y devoluciones.
- Disposición adicional primera. Fijación del tipo de cambio en ecus.
- Disposición adicional segunda. Justificantes del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Disposición transitoria primera. Operaciones no sujetas al Impuesto General Indirecto Canario.
- Disposición transitoria segunda. Consideración de cuotas devengadas.
- Disposición transitoria tercera. Arrendamiento de bienes anteriores al 1 de enero de 1993.
- Disposición transitoria cuarta. Exención transitoria de determinados bienes.
- Disposición transitoria quinta. Exacción de deudas tributarias.
- Disposición transitoria sexta. Exenciones a buques y aeronaves.
- Disposición transitoria séptima. Rectificación de cuotas impositivas y deducciones.
- Disposición transitoria octava. Deducciones anteriores al inicio de la actividad.
- Disposición transitoria novena. Regularización de las deducciones efectuadas con anterioridad al inicio de la actividad.
- Disposición transitoria décima. Modificación de la base imponible.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


