Legislación › Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo.
Artículo 44. Determinaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de agosto de 2001 y la del 1 de enero de 2013.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (52 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 44. Revisión. Concepto y procedencia. Determinaciones.
(Derogado) Los Proyectos de Alcance Regional consistentes en un Centro Integrado de Desarrollo contendrán las determinaciones y documentos previstos en el artículo 36 y además, se deberá aportar una memoria justificativa de las previsiones de creación de empleo, la inversión que comportan o el incremento de riqueza para la región que supongan.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-2685 | Leer | Qué cambió |
| 27 de agosto de 2001 | BOE-A-2001-18984 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 1995 | Texto original | Leer |


