Legislación › Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado.
Disposición adicional segunda. Voluntarios de la cooperación para el desarrollo.
Disposición adicional segunda. Voluntarios de la cooperación para el desarrollo.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.3 de la Ley 23/1998, de 7 de julio. BOE-A-1998-16303
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de julio de 1998 En vigor | BOE-A-1998-16303 | Leer | Qué cambió |
| 6 de febrero de 1996 | Texto original | Leer |
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