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Legislación › Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 2. Régimen jurídico.

Artículo 2. Régimen jurídico.

1. La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja se regirá por el Derecho privado salvo en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades administrativas que tenga atribuidas y en los aspectos específicamente regulados en la Ley 3/2003, de 3 de marzo, en la Ley General Presupuestaria, y en la presente Ley.

2. En materia de contratación se regirá por la normativa vigente en materia de contratos de las Administraciones Públicas.

Se modifica por el art. 25.2 de la Ley 10/2003, de 19 de diciembre. BOE-A-2004-3068

Se modifica la letra d) por el art. 4.1 de la Ley 12/1998, de 17 de diciembre . BOE-A-1998-29924

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2004-3068 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 1998 BOE-A-1998-29924 Leer Qué cambió
10 de octubre de 1997 Texto original Leer

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