LexTotal

Legislación › Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE).

Artículo 2. Potestades administrativas.

Artículo 2. Potestades administrativas.

Al organismo autónomo MUFACE, dentro de la esfera de sus competencias, le corresponde el ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo con la legislación aplicable, salvo la expropiatoria.

Se modifica por el art. 3.3 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. BOE-A-2026-12711

Se modifica el apartado 1.a) por la disposición final 3 del Real Decreto 769/2017, de 28 de julio. BOE-A-2017-9012

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-12711 Leer Qué cambió
29 de julio de 2017 BOE-A-2017-9012 Leer Qué cambió
8 de mayo de 1997 Texto original Leer

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →