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Legislación › Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias, en las Illes Balears.

Artículo 32. Contenido de los Estatutos.

Artículo 32. Contenido de los Estatutos.

Los Estatutos de cada organización determinarán, respetando los principios y reglas contenidos en esta Ley y los Reglamentos que la desarrollarán, los derechos y deberes de los voluntarios respecto de la organización y asegurarán, en todo caso, su funcionamiento democrático dentro de una estructura jerarquizada.

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