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Orden de 4 de junio de 1998 por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.
En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 5 de junio de 1998 · Último cambio el 14 de marzo de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 14/03/2025
- Preámbulo
- Disposiciones generales
- 1. Ámbito de aplicación
- 2. Órganos competentes 2 redacciones · cambió el 21/12/2001
- 3. Medios de pago
- 4. Documentos de ingreso 2 redacciones · cambió el 21/12/2001
- Ingreso en período voluntario
- 5. Procedimientos
- 6. Ingreso a través de entidades colaboradoras en la recaudación 2 redacciones · cambió el 09/07/2007
- 7. Ingreso en el órgano administrativo gestor. 2 redacciones · cambió el 07/10/2015
- 8. Ingreso de las entidades colaboradoras en el Banco de España 2 redacciones · cambió el 09/07/2007
- 9. Aportación de información relativa a los ingresos por las entidades colaboradoras 2 redacciones · cambió el 09/07/2007
- 10. Transferencias a las cuentas de los organismos autónomos 2 redacciones · cambió el 03/09/2021
- 11. Distribución de la información del detalle de los ingresos a los Departamentos ministeriales y organismos autónomos
- 12. Ingreso en cuentas restringidas de recaudación abiertas en entidades de depósito 2 redacciones · cambió el 03/09/2021
- 13. Apertura y cancelación de cuentas restringidas de recaudación en entidades de crédito. 2 redacciones · cambió el 07/10/2015
- 14. Ingreso de tasas mediante el empleo de efectos timbrados
- Devolución
- 15. Devolución de ingresos de tasas gestionadas por departamentos ministeriales y organismos autónomos contemplados en las letras a) y b) de la disposición general 1 de la presente orden y por órganos constitucionales, cuando su recaudación corresponda en su totalidad a presupuesto del Estado. 3 redacciones · cambió el 14/03/2025
- 16. Procedimiento de remisión de los mandamientos de ejecución de las devoluciones por los órganos gestores de tasas indicados en la disposición 15 de la presente orden.
- 17. Disposición de fondos para efectuar las devoluciones de ingresos por tasas de Tesoro Público.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava. Pago de tasas en las oficinas de los organismos administrativos gestores con tarjetas de crédito o débito.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Firma
- Anexo I A)
- Anexo I B)
- Anexo I C)
- ANEXO II A)
- ANEXO II B)
- ANEXO III A)
- ANEXO III B)
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX
- ANEXO X
- ANEXO XI


