LexTotal

Legislación › Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música.

Artículo 46. Líneas de crédito específicas.

Artículo 46. Líneas de crédito específicas.

El órgano o departamento de la Generalitat competente impulsará la creación de líneas de crédito específicas para construir, conservar y modernizar edificios destinados a actividades musicales y de danza y adquirir instrumentos, mediante créditos especiales de las instituciones bancarias, públicas y privadas.

Se modifica por el art. 85 de la Ley 16/2010, de 27 de diciembre. BOE-A-2011-1437.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2011 En vigor BOE-A-2011-1437 Leer Qué cambió
15 de mayo de 1998 Texto original Leer

← Artículo 45 Índice Artículo 47 →