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Legislación › Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música.

Artículo 46. Líneas de crédito específicas.

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Artículo 46. Líneas de crédito específicas.
Se El órgano o departamento de la Generalitat competente impulsará la creación de líneas de crédito específicas para construir, conservar y modernizar edificios destinados a actividades musicales y de danza y adquirir instrumentos, mediante créditos especiales de las instituciones bancarias, públicas y privadas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2011 En vigor BOE-A-2011-1437 Leer Qué cambió
15 de mayo de 1998 Texto original Leer

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