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Legislación › Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.

Disposición adicional segunda. La emisión y distribución de sellos y demás signos de franqueo.

Disposición adicional segunda. La emisión y distribución de sellos y demás signos de franqueo.

La emisión de sellos de correo será propuesta por el operador que presta el Servicio Postal Universal y autorizada, conjuntamente, por los Ministerios de Fomento y de Economía. A tal efecto, las emisiones y su programación se acomodarán a lo que dispongan, mediante resolución conjunta, el Subsecretario del Ministerio de Fomento y el Subsecretario de Economía.

Se modifica por la disposición adicional 21.3 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. BOE-A-2000-24357

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2001 En vigor BOE-A-2000-24357 Leer Qué cambió
15 de julio de 1998 Texto original Leer

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