Legislación › Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Illes Balears.
Artículo 19. Plan de ahorro de agua.
Artículo 19. Plan de ahorro de agua.
En el marco de sus respectivas competencias el Gobierno del Estado y el Gobierno de las Illes Balears elaborarán conjuntamente un plan de optimización y ahorro de consumo de agua, que se aplicará a la industria, al sector terciario, a la agricultura y al consumo humano.


