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Legislación › Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica.

Artículo 39. Autorizaciones.

Artículo 39. Autorizaciones.

La Consellería de Sanidad y Servicios Sociales autorizará el nombramiento del director técnico, así como la creación, funcionamiento, modificación, traslado o supresión de los centros de distribución domiciliados en Galicia, mediante los procedimientos que se determinen reglamentariamente y previa comprobación de que reúnen los requisitos técnico-sanitarios exigidos.

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