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Legislación › Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores.

Artículo 11. Servicios Sociales Comunitarios.

Artículo 11. Servicios Sociales Comunitarios.

Los Servicios Sociales Comunitarios, como estructura básica y primer nivel de atención del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía, atienden, entre otros, al sector de mayores.

Esta atención específica se desarrolla desde la Red de Centros de Servicios Sociales Comunitarios.

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