Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 103 tricies. Exenciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2019 y la del 1 de enero de 2022.
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Artículo 103 tricies. Exenciones.
Quedarán exentas del pago de la tasa:
a) Las personas en situación legal de desocupación, desempleo, las personas en situación de dependencia en grado II o III y los miembros de su unidad familiar, las personas con una un grado de discapacidad igual o superior al 33%, 33% y los miembros de familias numerosas, su unidad familiar, los miembros de las familias en situación de vulnerabilidad económica especial, los miembros de las familias en riesgo social, las personas sujetas a medidas privativas de libertad, los jóvenes en acogimiento familiar y los jóvenes tutelados y extutelados en vía de emancipación, siempre emancipación y los jóvenes en situación de acogida familiar. Los sujetos pasivos de la tasa tienen que acrediten acreditar documentalmente, en el momento de la inscripción, que se encuentran en alguna de estas situaciones.
b) Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, así como el cónyuge y los hijos, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción. Esta condición se acreditará mediante la correspondiente resolución administrativa. En el caso del cónyuge y los hijos, también deberá presentarse el Libro de Familia.
c) Las víctimas de violencia de género, así como los hijos que dependan de ellas, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción. Esta condición se acreditará mediante cualquiera de los documentos previstos por la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también deberá presentarse el Libro de Familia.
d) Los miembros de las familias monoparentales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-2980 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2022-807 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-996 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2017-558 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-1401 | Leer |


