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Legislación › Ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia.

Disposición transitoria quinta. Acceso de los Auxiliares al Cuerpo de Policía Local.

Disposición transitoria quinta. Acceso de los Auxiliares al Cuerpo de Policía Local.

Cuando se cree el Cuerpo de Policía Local, los Auxiliares de Policía podrán ingresar en el mismo mediante concurso-oposición, siempre que estén en posesión de la titulación correspondiente, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

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