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Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre, de Integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales en las Delegaciones de Gobierno.
En vigor Ministerio de Administraciones Públicas · Publicada el 12 de enero de 1999 · Último cambio el 18 de junio de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Integración de las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales.
- Artículo 2. Áreas funcionales de Trabajo y Asuntos Sociales.
- Artículo 3. Dependencias provinciales de las áreas de Trabajo y Asuntos Sociales.
- Artículo 4. Competencias de los Delegados del Gobierno. 2 redacciones · cambió el 18/06/2014
- Artículo 5. Competencias de los titulares de otros órganos.
- Artículo 6. Recursos humanos, materiales y presupuestarios de los servicios integrados.
- Artículo 7. Régimen de los servicios integrados.
- Disposición adicional primera. Servicios periféricos del Fondo de Garantía Salarial.
- Disposición adicional segunda. Creación de servicios integrados de ámbito provincial.
- Disposición adicional tercera. Órganos colegiados.
- Disposición adicional cuarta. Oficinas de información.
- Disposición transitoria primera. La Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Asturias.
- Disposición transitoria segunda. Órganos y puestos de trabajo afectados por la reestructuración.
- Disposición transitoria tercera. Gestión de personal.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final segunda. Desarrollo y entrada en vigor.
- Firma


