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Legislación › Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón.

Artículo 34. Enseñanza y divulgación.

Artículo 34. Enseñanza y divulgación.

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón incentivará la investigación del medio acuático y de sus poblaciones, así como la enseñanza y divulgación de las materias referentes a los ecosistemas acuáticos, a su utilización racional y ordenado aprovechamiento.

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