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Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 14 de junio de 2001 · Último cambio el 27 de julio de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Competencia y efectos del reconocimiento. 2 redacciones · cambió el 12/01/2006
- Artículo 4. Requisitos para el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de pura raza.
- Artículo 5. Criterios de inscripción.
- Artículo 6. Registro General. 2 redacciones · cambió el 12/01/2006
- Artículo 7. División de los libros genealógicos.
- Artículo 8. Prototipo racial.
- Artículo 9. Deber de información.
- Disposición adicional primera. Censo nacional canino de razas puras. 3 redacciones · cambió el 12/01/2006
- Disposición adicional segunda. Pruebas de aptitud.
- Disposición adicional tercera. Razas en peligro de extinción.
- Disposición transitoria única. Adaptación de las organizaciones y asociaciones existentes.
- Disposición final primera. Normativa aplicable.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo. 3 redacciones · cambió el 01/03/2019
- Firma
- ANEXO
- Pastor Mallorquín
- Pastor Catalán
- Perro Mallorquín (Ca de Bou)
- Mastín Español
- Mastín del Pirineo
- Podenco Canario
- Podenco Ibicenco
- Sabueso Español
- Perdiguero de Burgos
- Perro de Agua Español
- Galgo Español
- Presa Canario
- Perro Majorero
- Euskal Artzain Txakurra Gorbeiakoa
- Euskal Artzain Txakurra Iletsua
- Podenco Andaluz
- Ratonero-Bodeguero Andaluz
- Perdiguero Galego
- Podenco Galego
- Can de Palleiro
- Can Guicho
- Alano Español
- Pastor Garafiano
- Ratonero Valenciano
- Ratonero Mallorquín
- Ca Mè Marllorquí


