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Legislación › Real Decreto 1081/2001, de 5 de octubre, por el que se refunden la Asociación Benéfica para Huérfanos de los Cuerpos Patentados de la Armada y la Institución Benéfica para Huérfanos del Cuerpo de Suboficiales de la Armada, y se extiende su cobertura a los huérfanos de los militares profesionales permanentes de tropa y marinería de la Armada.

Artículo 6. Organización básica del Patronato.

Artículo 6. Organización básica del Patronato.

Los órganos de dirección del Patronato serán:

a) El Presidente, que lo será también de la Junta de Gobierno.

b) El Consejo Rector, que regirá el Patronato y en el que tendrán representación los asociados.

c) La Junta de Gobierno, que administrará y gobernará el Patronato.

Las competencias, composición y normas de actuación de dichos órganos serán establecidas en el Reglamento del Patronato.

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