Legislación › Real Decreto 1081/2001, de 5 de octubre, por el que se refunden la Asociación Benéfica para Huérfanos de los Cuerpos Patentados de la Armada y la Institución Benéfica para Huérfanos del Cuerpo de Suboficiales de la Armada, y se extiende su cobertura a los huérfanos de los militares profesionales permanentes de tropa y marinería de la Armada.
Artículo 8. Adscripción al Patronato.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de octubre de 2001 y la del 1 de mayo de 2013.
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Artículo 8. Adscripción al Patronato.
Formarán parte del Patronato en calidad de asociados, con carácter obligatorio, los miembros de la Armada obligatorio:
a) Los militares de carrera y profesionales permanentes de Tropa la Armada, desde el momento en que adquieran dicha condición, que se encuentren en la situación administrativa de servicio activo o reserva, y Marinería, así como los hasta su pase a otra situación administrativa distinta o a retirado.
b) Los componentes de los Cuerpos Comunes cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas que cumplan los requisitos establecidos Armadas, desde su adscripción al Patronato y mientras permanezcan afectos al mismo, de acuerdo con las normas en vigor para dichos cuerpos comunes sobre adscripción a los Patronatos o Asociaciones e Instituciones de Huérfanos y restantes servicios de acción social.
c) Los militares de complemento y los de tropa y marinería no permanente con compromiso de larga duración de la Orden ministerial 201/1997, Armada, desde el momento en que adquieran dicha condición, y se encuentren en situación de 23 servicio activo, hasta que pasen a una situación administrativa distinta o cesen en su relación de octubre. servicios profesionales con las Fuerzas Armadas.
El resto del personal militar de la Armada podrá asociarse con carácter voluntario. El Ministro de Defensa fijará las condiciones de asociación y los derechos y deberes de los asociados, quienes satisfarán las cuotas que se determinen por Orden orden ministerial.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-4537 | Leer | Qué cambió |
| 21 de octubre de 2001 | Texto original | Leer |


