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Legislación › Ley 5/2000, de 15 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.

Artículo 41. Extinción de la responsabilidad, prescripción de las faltas y prescripción de las sanciones.

Artículo 41. Extinción de la responsabilidad, prescripción de las faltas y prescripción de las sanciones.

La extinción de la responsabilidad disciplinaria, la prescripción de las faltas y la prescripción de las sanciones se regulará conforme a lo previsto en Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía o en la norma que en el futuro sea aplicable al Cuerpo Nacional de Policía.

Se modifica por el art. único.22 de la Ley 3/2014, de 17 de diciembre. BOE-A-2015-681.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2014 En vigor BOE-A-2015-681 Leer Qué cambió
23 de diciembre de 2000 Texto original Leer

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