Legislación › Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.
Artículo 7. Coordinación interdepartamental.
Artículo 7. Coordinación interdepartamental.
La Comisión de Secretarios Generales actuará como órgano colegiado de coordinación interdepartamental de las políticas y medidas dirigidas a los jóvenes en los ámbitos a los que hace referencia la presente ley, a propuesta de la consejería competente en la materia.»
Se modifica por el art. 20 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. BOE-A-2014-9959
Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en BOCL núm. 218, de 11 de noviembre de 2002. BOCL-h-2002-90257
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de septiembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-9959 | Leer | Qué cambió |
| 19 de septiembre de 2002 | Texto original | Leer |


