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Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.

En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 1 de agosto de 2002 · Último cambio el 29 de septiembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
  5. Artículo 2. Principios rectores.
  6. Artículo 3. Planificación y programación de actuaciones.
  7. Artículo 4. Análisis de necesidades y seguimiento de actuaciones.
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 5. De la Consejería competente en materia de Juventud.
  11. Artículo 6. De la coordinación de acciones en materia de Juventud. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
  12. Artículo 7. Coordinación interdepartamental. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
  13. Artículo 8. Órgano colegiado de carácter asesor en materia de juventud. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 9. De las competencias en materia de Juventud de la Comunidad Autónoma.
  16. Artículo 10. De las competencias en materia de Juventud de las Corporaciones Locales.
  17. TÍTULO II
  18. CAPÍTULO I
  19. Artículo 11. De las funciones transversales de la Consejería competente en materia de Juventud.
  20. Artículo 12. De la planificación transversal.
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 13. Juventud y Empleo.
  23. Artículo 14. Juventud y Vivienda.
  24. Artículo 15. Juventud y Educación.
  25. Artículo 16. Juventud y Servicios Sociales.
  26. Artículo 17. Juventud y Deporte.
  27. Artículo 18. Juventud y Salud.
  28. Artículo 19. Juventud y Consumo.
  29. Artículo 20. Juventud y Medio Ambiente.
  30. Artículo 21. Juventud y Medio Rural.
  31. Artículo 22. Juventud y Sociedad de la Información.
  32. TÍTULO III
  33. CAPÍTULO
  34. Artículo 23. Concepto de formación juvenil.
  35. Artículo 24. La Red de Formación Juvenil de Castilla y León.
  36. Artículo 25. Titulaciones en materia de formación juvenil.
  37. Artículo 26. Funciones de la Administración Autonómica.
  38. Artículo 27. Funciones de las Corporaciones Locales en materia de formación juvenil.
  39. CAPÍTULO II
  40. Artículo 28. Concepto y principios de la información juvenil.
  41. Artículo 29. La Red de Información Juvenil de Castilla y León.
  42. Artículo 30. Titulaciones en materia de información juvenil.
  43. Artículo 31. Funciones de la Administración Autonómica.
  44. Artículo 32. Funciones de las Corporaciones Locales en materia de información juvenil.
  45. CAPÍTULO III
  46. Artículo 33. Concepto y ámbitos de aplicación.
  47. Sección 1
  48. Artículo 34. Medidas en favor de los jóvenes en el ámbito artístico y cultural.
  49. Sección 2
  50. Artículo 35. Definiciones.
  51. Artículo 36. Organizadores de las actividades juveniles de tiempo libre.
  52. Artículo 37. Requisitos necesarios para el desarrollo de actividades juveniles de tiempo libre. 3 redacciones · cambió el 25/02/2021
  53. Artículo 38. Titulaciones en actividades juveniles de tiempo libre.
  54. Artículo 39. Actividades excluidas.
  55. Sección 3
  56. Artículo 40. Medidas para favorecer la movilidad geográfica de los jóvenes.
  57. CAPÍTULO IV
  58. Artículo 41. Instalaciones acogidas al ámbito de aplicación de la Ley.
  59. Artículo 42. Características y requisitos mínimos.
  60. Artículo 43. Red de Instalaciones Juveniles de Castilla y León.
  61. Artículo 44. Titulaciones en materia de instalaciones juveniles.
  62. Artículo 45. Derechos de los usuarios de las instalaciones juveniles.
  63. Artículo 46. Transferencia de instalaciones juveniles.
  64. CAPÍTULO V
  65. Artículo 47. Finalidad.
  66. Artículo 48. Contenido de las prestaciones.
  67. Artículo 49. Importe económico de los carnés para jóvenes.
  68. Artículo 50. Gestión.
  69. TÍTULO IV
  70. CAPÍTULO I
  71. Artículo 51. De las formas organizadas de participación juvenil.
  72. Artículo 52. Requisitos generales.
  73. Artículo 53. De los requisitos específicos de las formas organizadas de participación juvenil de carácter autonómico.
  74. Artículo 54. De los requisitos específicos de las formas organizadas de participación juvenil de carácter provincial.
  75. CAPÍTULO II
  76. Artículo 55. Del voluntariado juvenil.
  77. CAPÍTULO III
  78. Artículo 56. Definición. 2 redacciones · cambió el 08/06/2006
  79. Artículo 57. Objetivos.
  80. Artículo 58. Características.
  81. Artículo 59. Funciones.
  82. Artículo 60. De las entidades miembros.
  83. Artículo 61. De los órganos rectores.
  84. Artículo 62. Características del Pleno.
  85. Artículo 63. Características de la Comisión Permanente y del Presidente.
  86. Artículo 64. Régimen del personal y contratación administrativa.
  87. Artículo 65. Recursos económicos.
  88. Artículo 66. Recursos administrativos.
  89. Artículo 67. Presupuesto. 2 redacciones · cambió el 09/05/2006
  90. CAPÍTULO IV
  91. Artículo 68. Definición.
  92. Artículo 69. Objetivos.
  93. Artículo 70. De las características de los consejos provinciales, comarcales y locales de juventud.
  94. Artículo 71. Del reconocimiento de los consejos de juventud.
  95. Artículo 72. De los órganos y disolución de los consejos de juventud.
  96. TÍTULO V
  97. Artículo 73. De la financiación de las administraciones en materia de Juventud. 2 redacciones · cambió el 09/05/2006
  98. Artículo 74. Del apoyo económico de la Administración Autonómica en materia de Juventud a las Administraciones Locales.
  99. Artículo 75. De los precios y de las ayudas a jóvenes a título individual.
  100. Artículo 76. De las ayudas a entidades en materia de Juventud.
  101. TÍTULO VI
  102. CAPÍTULO I
  103. Artículo 77. Competencias de inspección.
  104. Artículo 78. Funciones de inspección.
  105. Artículo 79. Habilitación temporal de inspectores.
  106. Artículo 80. Facultades de inspección.
  107. Artículo 81. Documentación de la inspección.
  108. CAPÍTULO II
  109. Artículo 82. Clasificación de las infracciones.
  110. Artículo 83. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 03/07/2013
  111. Artículo 84. Infracciones graves. 3 redacciones · cambió el 29/09/2021
  112. Artículo 85. Infracciones muy graves. 2 redacciones · cambió el 29/09/2021
  113. Artículo 86. Sanciones.
  114. Artículo 87. Sujetos responsables.
  115. Artículo 88. Prescripción de las infracciones y sanciones.
  116. Artículo 89. Procedimiento.
  117. Disposición adicional.
  118. Disposición transitoria primera.
  119. Disposición transitoria segunda.
  120. Disposición derogatoria.
  121. Disposición final primera.
  122. Disposición final segunda.
  123. Disposición final tercera.
  124. Disposición final cuarta.
  125. Disposición final quinta.
  126. Disposición final sexta.
  127. Disposición final séptima.
  128. Disposición final octava.
  129. Firma