Legislación › Ley 19/2001, de 4 de diciembre, del Instituto Aragonés de la Juventud.
Artículo 19. Actos y recursos administrativos.
Artículo 19. Actos y recursos administrativos.
1. El régimen jurídico de los actos emanados del Instituto Aragonés de la Juventud será el establecido en la presente Ley y en la normativa específica de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de la aplicación de las normas sobre el procedimiento común a todas las Administraciones públicas.
2. Los actos y resoluciones del Instituto sujetos al Derecho administrativo no agotarán la vía administrativa y serán susceptibles de recurso de alzada ante el titular del Departamento competente en materia de servicios sociales.
Se modifica por el art. 41.2 de la Ley 26/2003, de 30 de diciembre. BOE-A-2004-2227
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2004 En vigor | BOE-A-2004-2227 | Leer | Qué cambió |
| 11 de diciembre de 2001 | Texto original | Leer |


