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Ley 19/2001, de 4 de diciembre, del Instituto Aragonés de la Juventud.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 1 de febrero de 2002 · Último cambio el 17 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Creación, naturaleza y régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Funciones.
- Artículo 4. Principios de organización y funcionamiento.
- Artículo 5. Competencias del Gobierno de Aragón. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 6. Atribuciones del Departamento competente en materia de servicios sociales. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 7. Competencias del Instituto Aragonés de la Juventud.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Estructura orgánica. 3 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 9. El Consejo de Dirección. 5 redacciones · cambió el 17/04/2023
- Artículo 10. El Director Gerente. 3 redacciones · cambió el 10/04/2015
- Artículo 11. Estructura orgánica básica. 2 redacciones · cambió el 10/04/2015
- Artículo 12. Organización territorial.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Recursos humanos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Recursos económicos.
- Artículo 15. Patrimonio.
- Artículo 16. Presupuesto.
- Artículo 17. Intervención.
- Artículo 18. Tesorería.
- CAPÍTULO V
- Artículo 19. Actos y recursos administrativos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 20. Régimen de contratación. 3 redacciones · cambió el 10/04/2015
- Disposición adicional primera. Subrogación de derechos y obligaciones.
- Disposición adicional segunda. Adscripción de centros de la juventud.
- Disposición adicional tercera. Constitución del Consejo Rector.
- Disposición adicional cuarta. Modificación de la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo.
- Disposición adicional quinta. Registro de Asociaciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Disposición adicional sexta. Competencias de la Dirección General de Juventud y Deporte.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Estatutos del Instituto Aragonés de la Juventud. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


