Legislación › Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de Justicia Juvenil.
Artículo 28. Normas de funcionamiento interno.
Artículo 28. Normas de funcionamiento interno.
Sin perjuicio de lo que establece el artículo 27, cada centro, propio o colaborador, puede establecer normas específicas que regulen, en el marco de la normativa de funcionamiento de los centros, la actividad diaria y la convivencia.


