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Legislación › Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de Justicia Juvenil.

Artículo 28. Normas de funcionamiento interno.

Artículo 28. Normas de funcionamiento interno.

Sin perjuicio de lo que establece el artículo 27, cada centro, propio o colaborador, puede establecer normas específicas que regulen, en el marco de la normativa de funcionamiento de los centros, la actividad diaria y la convivencia.

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