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Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de Justicia Juvenil.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 8 de febrero de 2002 · Último cambio el 15 de enero de 2002 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Finalidad de la Ley.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación de la Ley.
- Artículo 4. Principios rectores.
- Artículo 5. Derechos generales de los menores y los jóvenes.
- Artículo 6. Derechos específicos de los menores de edad.
- Artículo 7. Competencias de la Administración de la Generalidad.
- Artículo 8. Participación de entidades públicas.
- Artículo 9. Colaboración de personas y entidades privadas.
- TÍTULO II
- Artículo 10. Finalidad de la intervención en medio abierto.
- Artículo 11. Profesionales para la ejecución de las medidas.
- Artículo 12. Actuaciones para la ejecución de medidas en medio abierto.
- Artículo 13. Recursos para la ejecución de las medidas.
- Artículo 14. Programas generales de intervención.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 15. Finalidad de la actividad de los centros.
- Artículo 16. Principios de la actividad de los centros.
- Artículo 17. Centros específicos para menores y jóvenes infractores.
- Artículo 18. Personal de los centros.
- CAPÍTULO II
- Artículo 19. Derechos.
- Artículo 20. Obligaciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 21. Tipos de regímenes de internamiento.
- Artículo 22. El ingreso en el centro.
- Artículo 23. Designación del centro.
- Artículo 24. Traslados.
- Artículo 25. Actuaciones tras el ingreso.
- Artículo 26. Grupos de separación interior.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 27. Organización y normativa de funcionamiento.
- Artículo 28. Normas de funcionamiento interno.
- Artículo 29. Participación.
- Artículo 30. Peticiones y quejas.
- Artículo 31. Recursos.
- Artículo 32. Asistencia para efectuar peticiones, quejas y recursos.
- Artículo 33. Informaciones a los representantes legales.
- Artículo 34. Vigilancia y seguridad.
- Artículo 35. Medios de contención.
- CAPÍTULO V
- Artículo 36. Finalidad y ámbito del régimen disciplinario.
- Artículo 37. Principios de la potestad disciplinaria.
- Artículo 38. Faltas disciplinarias.
- Artículo 39. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 40. Prescripción de las faltas y las sanciones.
- Artículo 41. Procedimiento disciplinario y órganos competentes.
- Artículo 42. Incentivos.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 43. Comunicaciones y visitas de familiares y otras personas.
- Artículo 44. Comunicaciones con los abogados y otros profesionales y autoridades.
- Artículo 45. Comunicaciones telefónicas.
- Artículo 46. Comunicaciones por escrito.
- Artículo 47. Permisos de salida ordinarios y extraordinarios.
- Artículo 48. Relaciones perjudiciales para los menores o jóvenes.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 49. Contenido y principios.
- Artículo 50. Proyecto educativo del centro.
- Artículo 51. Programas de tratamiento y modelos de intervención individualizada.
- Artículo 52. Participación de los menores y los jóvenes.
- Artículo 53. Programas de actuación especializada.
- Artículo 54. Sistema de informes.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 55. Formación académica y profesional.
- Artículo 56. Acceso a libros, publicaciones e información exterior.
- Artículo 57. Asistencia sanitaria.
- Artículo 58. Asistencia psicológica y social.
- Artículo 59. Alimentación.
- Artículo 60. Asistencia religiosa.
- TÍTULO IV
- Artículo 61. Actuaciones de apoyo.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 62. Funciones de inspección.
- CAPÍTULO II
- Artículo 63. Expedientes personales de los menores y los jóvenes.
- Artículo 64. Deber de confidencialidad y reserva.
- Disposición adicional única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Habilitación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


