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Legislación › Orden APA/510/2002, de 5 de marzo, por la que se establece el régimen de aplicación del Real Decreto 137/2002, de 1 de febrero, por el que se establecen medidas de apoyo a armadores y tripulantes de la flota pesquera afectada por la finalización del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos, en el ámbito territorial de Ceuta y Melilla y para la participación en sociedades mixtas.

Artículo 4. Tramitación de solicitudes.

Artículo 4. Tramitación de solicitudes.

Una vez cumplidos todos los requisitos establecidos en el artículo anterior y conocido el porcentaje de mantenimiento de tripulación española, el porcentaje estimado de destino, el aprovisionamiento del mercado comunitario a realizar por los buques afectados al proyecto de sociedad mixta y las especies principales objeto de captura, se solicitará informe de la Dirección General de Recursos Pesqueros, que contemple la situación de los caladeros y las posibilidades de acceso a las aguas de los países concernidos.

Se modifica por el art. único.1 de la Orden APA/1371/2002, de 3 de junio. BOE-A-2002-11256.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de junio de 2002 En vigor BOE-A-2002-11256 Leer Qué cambió
9 de marzo de 2002 Texto original Leer

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