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Legislación › Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Artículo 128. Competencia de la Comunidad de Madrid como uniprovincial y Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid.

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Artículo 128. Competencia de la Comunidad de Madrid como uniprovincial y Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid.
1. Corresponde a la Comunidad de Madrid garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal en el marco de la política social y económica, colaborando a la prestación integral y adecuada en la totalidad de su territorio de los servicios servicios, principalmente los de competencia municipal, municipal y especialmente de los servicios mínimos y obligatorios, y coordinando la prestación de los servicios municipales entre sí.
2. El Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid es el instrumento básico de cooperación económica a los gastos necesarios para la realización de obras y servicios de competencia local en los municipios y para la consecución de los objetivos previstos en el apartado anterior.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-5523 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-4514 Leer Qué cambió
19 de marzo de 2003 Texto original Leer

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