Legislación › Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.
Artículo 64. Deber de colaboración.
Artículo 64. Deber de colaboración.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre. BOE-A-2022-20555
Se modifica el apartado 3 por el art. único.6 del Real Decreto 1003/2012, de 29 de junio. BOE-A-2012-9217.
Se modifica el apartado 3 por el art. único.21 del Real Decreto 247/2010, de 5 de marzo. BOE-A-2010-3693
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de diciembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-20555 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2012 | BOE-A-2012-9217 | Leer | Qué cambió |
| 7 de marzo de 2010 | BOE-A-2010-3693 | Leer | Qué cambió |
| 28 de agosto de 2003 | Texto original | Leer |


