LexTotal

Legislación › Real Decreto

Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.

Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 7 de agosto de 2003 · Último cambio el 20 de julio de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 20/07/2023
  2. Preámbulo 2 redacciones · cambió el 10/07/2012
  3. Artículo único. Aprobación del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.
  4. Disposición adicional única. Sucesión de órganos y unidades administrativas.
  5. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  6. Firma
  7. REGLAMENTO
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 1. Concepto, organización y funciones del Servicio Jurídico del Estado. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  11. Artículo 2. Carácter y adscripción de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  12. Artículo 3. Organización de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado. 5 redacciones · cambió el 06/12/2022
  13. Artículo 4. El Consejo de Abogados del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  14. Artículo 5. Abogacías del Estado ante el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunal de Cuentas. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  15. Artículo 6. Abogacías del Estado de los departamentos ministeriales. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  16. Artículo 7. Abogacías del Estado en la Administración periférica del Estado. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  17. Artículo 8. Abogados del Estado adscritos al Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 4 redacciones · cambió el 06/12/2022
  18. Artículo 9. Departamentos. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  19. Artículo 10. Contraposición de intereses.
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 11. Carácter y nombramiento y cese del Abogado General del Estado-Director del Servicio Jurídico del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  22. Artículo 12. Asunción de asuntos por el Abogado General del Estado-Director del Servicio Jurídico del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  23. Artículo 13. Suplencia. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  24. CAPÍTULO III
  25. Artículo 14. Asistencia jurídica a los restantes organismos y entidades públicos, sociedades mercantiles estatales y fundaciones con participación estatal.
  26. Artículo 15. Asistencia jurídica a las comunidades autónomas.
  27. Artículo 16. Asistencia jurídica a las corporaciones locales.
  28. Artículo 17. Asistencia jurídica a la Administración portuaria.
  29. Artículo 18. Naturaleza de los convenios y actuación del Abogado del Estado.
  30. CAPÍTULO IV
  31. Artículo 19. Personal de apoyo. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  32. TÍTULO II
  33. Artículo 20. Carácter de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado como centro consultivo.
  34. Artículo 21. Órganos que pueden solicitar informe.
  35. Artículo 22. Carácter de los informes.
  36. Artículo 23. Forma de los informes.
  37. Artículo 24. Contenido de los informes.
  38. Artículo 25. Momento de solicitud de determinados informes.
  39. Artículo 26. Informes discrepantes.
  40. Artículo 27. Consultas de las Abogacías del Estado a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
  41. Artículo 28. Comunicación y coordinación de actuaciones contenciosas.
  42. Artículo 29. Competencia y recursos en materia de bastanteos.
  43. Artículo 30. Funciones de los Abogados del EstadoSecretarios de los Tribunales Económico-Administrativos.
  44. TÍTULO III
  45. CAPÍTULO I
  46. Artículo 31. Ámbito de la representación y defensa.
  47. Artículo 32. Dependencia de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
  48. Artículo 33. Petición de datos y antecedentes.
  49. Artículo 34. Obligaciones generales de los Abogados del Estado en el desempeño de la función contenciosa.
  50. CAPÍTULO II
  51. Artículo 35. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal.
  52. Artículo 36. Ejercicio de acciones.
  53. Artículo 37. Fuero territorial del Estado.
  54. Artículo 38. Exención de depósitos y cauciones.
  55. Artículo 39. Consulta a la Abogacía General del EstadoDirección del Servicio Jurídico del Estado en procesos civiles.
  56. Artículo 40. Reclamación en vía administrativa. 2 redacciones · cambió el 06/03/2010
  57. Artículo 41. Disposición de la acción procesal.
  58. Artículo 42. Recursos contra resoluciones judiciales.
  59. Artículo 43. Ejecución de sentencias.
  60. Artículo 44. Costas procesales.
  61. Artículo 45. Actuación ante tribunales internacionales.
  62. CAPÍTULO III
  63. Artículo 46. Reglas generales.
  64. Artículo 47. Régimen de la representación y defensa de los empleados públicos.
  65. Artículo 48. Supuestos especiales.
  66. Artículo 49. Ejercicio de acciones por el Abogado del Estado en nombre de autoridades, funcionarios o empleados públicos.
  67. CAPÍTULO IV
  68. Artículo 50. Funciones contenciosas y encuadramiento orgánico de la Abogacía del Estado ante el Tribunal Constitucional. 2 redacciones · cambió el 06/03/2010
  69. Artículo 51. Comunicación de la Abogacía del Estado ante el Tribunal Constitucional con los órganos ejecutivos del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/03/2010
  70. Artículo 52. Actuaciones en casos especiales ante el Tribunal Constitucional. 2 redacciones · cambió el 06/03/2010
  71. Artículo 53. Ejercicio de acciones ante el Tribunal Constitucional.
  72. Artículo 54. Formulación de demanda en el recurso de inconstitucionalidad. 2 redacciones · cambió el 06/03/2010
  73. Artículo 55. Emplazamiento y personación de la Abogacía del Estado ante el Tribunal Constitucional.
  74. Artículo 56. Actuación del Abogado del Estado en el recurso de amparo. 2 redacciones · cambió el 06/03/2010
  75. Artículo 57. Actuación del Abogado del Estado en los conflictos de competencia.
  76. Artículo 58. Actuación del Abogado del Estado en los procedimientos de declaración sobre la constitucionalidad de los tratados internacionales.
  77. Artículo 59. Otras disposiciones sobre la actuación procesal del Abogado del Estado.
  78. Artículo 60. Comunicación con el titular de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/03/2010
  79. TÍTULO IV
  80. Artículo 61. Ámbito, funciones y jefatura de la Inspección de los Servicios de la Abogacía General del EstadoDirección del Servicio Jurídico del Estado. 4 redacciones · cambió el 06/12/2022
  81. Artículo 62. Desempeño de la inspección de los servicios. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  82. Artículo 63. Organización de las inspecciones de los servicios. 4 redacciones · cambió el 06/12/2022
  83. Artículo 64. Deber de colaboración. 4 redacciones · cambió el 06/12/2022
  84. Artículo 65. Obligaciones del personal de la Inspección de los Servicios. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  85. TÍTULO V
  86. CAPÍTULO I
  87. Artículo 66. Adscripción del Cuerpo de Abogados del Estado al Ministerio de Justicia. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  88. Artículo 67. Provisión de puestos de trabajo. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  89. Artículo 68. Letrados habilitados. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  90. Artículo 69. Designación de abogados para supuestos especiales. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  91. Artículo 70. Designación especial. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  92. Artículo 71. Jefatura de las Abogacías del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  93. Artículo 72. Suplencia. 3 redacciones · cambió el 06/12/2022
  94. Artículo 73. Expediente personal. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  95. Artículo 74. Uniforme e insignias. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  96. CAPÍTULO II
  97. Artículo 75. Oposición para el ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022
  98. Artículo 76. Composición y funcionamiento del tribunal. 2 redacciones · cambió el 06/12/2022