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Legislación › Ley 18/2003, de 4 de julio, de Apoyo a las Familias.

Artículo 11. Prestación económica de carácter universal por parto o adopción múltiple.

Artículo 11. Prestación económica de carácter universal por parto o adopción múltiple.

(Derogada).

Téngase en cuenta que esta derogación establecida por el art. 162.1.d) de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569 tiene efectos desde el 1 de septiembre de 2020 y que su redacción anterior se deja sin efecto, para el ejercicio 2020, según establece la disposición adicional 21 de la Ley 4/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5568

Se deroga , con efectos desde el 1 de septiembre de 2020,por el art. 162.1.d) de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569

Se deja sin efecto la prestación económica, para el ejercicio 2020, según establece la disposición adicional 21 de la Ley 4/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5568

Se deja sin efecto la prestación económica de los apartados 1.a) y b), para el ejercicio 2017, según establece la disposición adicional 36 de la Ley 4/2017, de 28 de marzo. DOGC-f-2017-90313

Se deja sin efecto, para el año 2015, por la disposición adicional 54 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo. BOE-A-2015-3636.

Véase para el año 2016, el Decreto 252/2015, de 15 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015, mientras no entren en vigor los del 2016. (DOGC núm. 7020, de 17 de diciembre de 2015)

Se deja sin efecto, para el año 2014, por la disposición adicional 26 de la Ley 1/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2998.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2017 BOE-A-2017-90313 Leer Qué cambió
14 de marzo de 2015 BOE-A-2015-3636 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2998 Leer Qué cambió
16 de enero de 2004 Texto original Leer

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