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Ley 18/2003, de 4 de julio, de Apoyo a las Familias.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 8 de agosto de 2003 · Último cambio el 30 de abril de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objetivos y principios.
  4. Artículo 2. Destinatarios de las medidas de apoyo a las familias.
  5. Artículo 3. Situaciones equiparadas.
  6. Artículo 4. Persona en situación de dependencia.
  7. Artículo 5. Niños y adolescentes.
  8. Artículo 6. Servicios de atención a niños de cero a tres años.
  9. Artículo 7. Principio informador de las políticas familiares.
  10. Artículo 8. Planificación familiar.
  11. TÍTULO II
  12. Artículo 9. Prestaciones económicas y ayudas. 7 redacciones · cambió el 30/04/2020
  13. Artículo 10. Prestación económica sometida al nivel de ingresos de la unidad familiar para familias en las que ha tenido lugar un nacimiento, una adopción, una tutela o un acogimiento. 7 redacciones · cambió el 30/04/2020
  14. Artículo 11. Prestación económica de carácter universal por parto o adopción múltiple. 5 redacciones · cambió el 30/04/2020
  15. Artículo 12. Ayudas por adopción y acogida.
  16. Artículo 13. Ayudas para la aplicación de técnicas de reproducción asistida.
  17. Artículo 14. Ayudas por niños nacidos con daños que requieren atenciones especiales.
  18. Artículo 15. Ayudas para la adquisición, rehabilitación y promoción de viviendas.
  19. Artículo 16. Ayudas para arrendatarios.
  20. TÍTULO III
  21. Artículo 17. Impuestos cedidos a la generalidad. 2 redacciones · cambió el 11/06/2010
  22. Artículo 18. Criterios para la aplicación de las medidas referentes a tasas y precios públicos.
  23. Artículo 19. Tasas y precios públicos de la generalidad.
  24. Artículo 20. Tasas y precios públicos para familias en el ámbito local.
  25. Artículo 21. Servicios públicos prestados por entidades concesionarias.
  26. TÍTULO IV
  27. CAPÍTULO I
  28. Artículo 22. Servicios de atención a niños.
  29. Artículo 23. Medidas de conciliación de la vida familiar y la vida laboral.
  30. Artículo 24. Contratos de gestión de servicios públicos.
  31. CAPÍTULO II
  32. Artículo 25. Planes territoriales de conciliación horaria.
  33. Artículo 26. Medidas de fomento.
  34. Artículo 27. Empresa familiarmente responsable.
  35. TÍTULO V
  36. CAPÍTULO I
  37. Artículo 28. Medidas de apoyo a niños y adolescentes.
  38. Artículo 29. Servicios de atención precoz de carácter universal.
  39. Artículo 30. Decisiones familiares que vulneran los derechos de los niños y adolescentes.
  40. Artículo 31. Traslado de niños y adolescentes a otros países por decisión familiar que vulnera sus derechos.
  41. Artículo 32. La familia en el ámbito de la escuela.
  42. CAPÍTULO II
  43. Artículo 33. Promoción de plazas de educación infantil de primer ciclo, ayudas por servicios escolares y servicios complementarios.
  44. Artículo 34. Familia y protección del menor o la menor ante los medios de comunicación.
  45. Artículo 35. Ocio y cultura.
  46. Artículo 36. Formación permanente de padres y madres.
  47. Artículo 37. Mundo rural.
  48. CAPÍTULO III
  49. Artículo 38. Principios informadores de la política sobre las familias con personas en situación de dependencia.
  50. Artículo 39. Medidas y servicios adecuados a las familias con personas en situación de dependencia.
  51. CAPÍTULO IV
  52. Artículo 40. Principios informadores de las medidas de protección de familias con personas en situación de riesgo de exclusión social.
  53. Artículo 41. Prevención de la violencia familiar.
  54. Artículo 42. Prestación de servicios residenciales de carácter universal en supuestos de violencia familiar.
  55. Artículo 43. Drogadicción y demás conductas que generan adicción.
  56. Artículo 44. Fondo de garantía de pensiones alimenticias. 2 redacciones · cambió el 08/05/2008
  57. TÍTULO VI
  58. Artículo 45. Programas y servicios de atención a las familias.
  59. Artículo 46. Órganos consultivos y de coordinación.
  60. Artículo 47. Asociacionismo familiar y asociaciones de interés familiar.
  61. Disposición adicional primera. Aplicación a los extranjeros.
  62. Disposición adicional segunda. Referencias a los servicios de atención a niños.
  63. Disposición adicional tercera. Familias monoparentales y familias numerosas.
  64. Disposición adicional cuarta. Perspectiva de género.
  65. Disposición adicional quinta. Extensión de las prestaciones económicas.
  66. Disposición adicional sexta. Deducciones.
  67. Disposición adicional séptima. Medidas establecidas por el artículo 39.
  68. Disposición adicional octava. Incremento de las prestaciones.
  69. Disposición adicional novena. Adopción o acogida permanente.
  70. Disposición transitoria. Régimen transitorio de vigencia de la Orden TSF/251/2016.
  71. Disposición final primera. Modificación de la Ley 10/1997.
  72. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
  73. Disposición final tercera. Entrada en vigor y aplicación.
  74. Firma