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Legislación › Ley 29/2002, de 30 de diciembre, primera Ley del Código Civil de Cataluña.

Artículo 121-11. Causas de interrupción.

Artículo 121-11. Causas de interrupción.

Son causas de interrupción de la prescripción:

a) El ejercicio de la pretensión frente a los tribunales, aunque sea desestimada por defecto procesal.

b) El inicio del procedimiento arbitral relativo a la pretensión.

c) La reclamación extrajudicial de la pretensión.

d) El reconocimiento del derecho o la renuncia a la prescripción de la persona contra quien puede hacerse valer la pretensión en el transcurso del plazo de prescripción.

Se modifica la letra b) por el art. 2 de la Ley 6/2015, de 13 de mayo. BOE-A-2015-6014.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de junio de 2015 En vigor BOE-A-2015-6014 Leer Qué cambió
2 de febrero de 2003 Texto original Leer

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