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Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León.

Artículo 25. Órgano colegiado de carácter asesor y de participación en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Artículo 25. Órgano colegiado de carácter asesor y de participación en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

1. En la Administración de la Comunidad de Castilla y León existirá un órgano colegiado de carácter asesor en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, adscrito a la consejería competente en esta materia.

2. Su composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.

3. Ejercerá las funciones y competencias que se le atribuyan legal o reglamentariamente, así como las que se le encomienden o deleguen.

Se modifica por el art. 38 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. BOE-A-2014-9959

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-9959 Leer Qué cambió
27 de marzo de 2003 Texto original Leer

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