Legislación › Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición transitoria única.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 2003 y la del 30 de julio de 2010.
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Disposición transitoria única.
Hasta que se apruebe una nueva regulación de la administración instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, todas las referencias que esta ley hace a la administración instrumental se entenderán hechas, mientras continúe en vigor, a la Ley 3/1989, de 29 de marzo, de entidades autónomas y empresas públicas y vinculadas de la comunidad autónoma de las Illes Balears. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2010 En vigor | BOE-A-2010-13242 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2003 | Texto original | Leer |
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