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Legislación › Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears.

Artículo 71. Representación y defensa en juicio.

Artículo 71. Representación y defensa en juicio.

Representación y defensa en juicio La representación y la defensa del Servicio de Salud de las Illes Balears ante todos los órdenes y los órganos jurisdiccionales corresponden al abogado titular de la Dirección de la Abogacía y a los abogados de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, o a los funcionarios o abogados en ejercicio habilitados de la manera y con los requisitos que se prevén en el artículo 73 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Se modifica por la disposición final 26 de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-631

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-631 Leer Qué cambió
23 de abril de 2003 Texto original Leer

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