LexTotal

Legislación › Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Consejo de Dirección.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de septiembre de 2012. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Consejo de Dirección.
(Derogada). Hasta que las fundaciones públicas sanitarias y la entidad de derecho público Gestión Sanitaria de Mallorca (GESMA) se integren en el Servicio de Salud de las Illes Balears, habrá un representante de cada una de ellas en el Consejo de Dirección

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de septiembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-90041 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-953 Leer Qué cambió
23 de abril de 2003 Texto original Leer

← Disposición adicional decimocuarta Índice Disposición transitoria segunda →