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Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados.

En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 5 de noviembre de 2004 · Último cambio el 27 de junio de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 05/11/2004
  2. Preámbulo
  3. Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados.
  4. Disposición adicional única. Remisiones normativas.
  5. Disposición derogatoria única. Normas derogadas.
  6. Disposición final única. Entrada en vigor.
  7. Firma
  8. TEXTO
  9. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
  10. TÍTULO I
  11. Artículo 1. Objeto de la ley y definiciones. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  12. Artículo 2. Ámbito subjetivo y principio de reciprocidad.
  13. Artículo 3. Ámbito objetivo y territorial.
  14. Artículo 4. Operaciones prohibidas y sanción de nulidad.
  15. TÍTULO II
  16. CAPÍTULO I
  17. Artículo 5. Necesidad de autorización administrativa. 3 redacciones · cambió el 30/06/2009
  18. Artículo 6. Ramos de seguro. 2 redacciones · cambió el 08/12/2007
  19. SECCIÓN 1
  20. Artículo 7. Naturaleza, forma y denominación de las entidades aseguradoras.
  21. Artículo 8. Vínculos estrechos.
  22. Artículo 9. Mutuas y cooperativas a prima fija.
  23. Artículo 10. Mutuas y cooperativas a prima variable.
  24. SECCIÓN 2
  25. Artículo 11. Objeto social. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  26. Artículo 12. Programa de actividades. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  27. Artículo 13. Capital social y fondo mutual.
  28. Artículo 14. Socios.
  29. Artículo 15. Dirección efectiva de las entidades aseguradoras. 2 redacciones · cambió el 23/04/2005
  30. CAPÍTULO II
  31. SECCIÓN 1
  32. Artículo 16. Provisiones técnicas. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  33. Artículo 17. Margen de solvencia.
  34. Artículo 18. Fondo de garantía. 3 redacciones · cambió el 03/07/2007
  35. Artículo 19. Limitación de distribución de excedentes y de actividades.
  36. SECCIÓN 2
  37. Artículo 20. Contabilidad y deber de consolidación. 3 redacciones · cambió el 27/06/2014
  38. Artículo 21. Cuentas consolidadas de los grupos consolidables de entidades aseguradoras.
  39. Artículo 22. Participaciones significativas en entidades aseguradoras. 3 redacciones · cambió el 30/06/2009
  40. Artículo 22 bis. Obligaciones relativas a las participaciones en entidades aseguradoras.
  41. Artículo 22 ter. Evaluación de la adquisición de participaciones significativas.
  42. Artículo 22 quáter. Colaboración entre entidades supervisoras para la evaluación de la adquisición.
  43. Artículo 23. Cesión de cartera.
  44. Artículo 24. Transformación, fusión, escisión y agrupación. 2 redacciones · cambió el 05/03/2011
  45. Artículo 25. Estatutos, pólizas y tarifas. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  46. CAPÍTULO III
  47. SECCIÓN 1
  48. Artículo 26. Causas de la revocación y sus efectos.
  49. SECCIÓN 2
  50. Artículo 27. Disolución.
  51. Artículo 28. Liquidación de entidades aseguradoras.
  52. Artículo 29. Acciones frente a entidades aseguradoras sometidas a procedimientos concursales o en liquidación.
  53. Artículo 30. Procedimientos concursales.
  54. SECCIÓN 3
  55. Artículo 31. Actuación del Consorcio de Compensación de Seguros en la liquidación de entidades aseguradoras.
  56. Artículo 32. Normas generales de liquidación.
  57. Artículo 33. Beneficios de la liquidación. 2 redacciones · cambió el 04/07/2009
  58. Artículo 34. Procedimiento de liquidación.
  59. Artículo 35. Plan de liquidación.
  60. Artículo 36. Junta general de acreedores.
  61. Artículo 37. Anticipo de gastos de liquidación y satisfacción de créditos.
  62. SECCIÓN 4
  63. Artículo 38. Medidas de garantía de la solvencia futura de las entidades aseguradoras.
  64. Artículo 39. Medidas de control especial.
  65. SECCIÓN 5
  66. Artículo 40. Infracciones administrativas. 6 redacciones · cambió el 05/03/2011
  67. Artículo 41. Sanciones administrativas.
  68. Artículo 42. Responsabilidad de los que ejercen cargos de administración y dirección.
  69. Artículo 43. Criterios de graduación de las sanciones.
  70. Artículo 44. Medidas inherentes a la imposición de sanciones administrativas.
  71. Artículo 45. Prescripción de infracciones y sanciones.
  72. Artículo 46. Competencias administrativas.
  73. Artículo 47. Normas complementarias para el ejercicio de la potestad sancionadora.
  74. Artículo 48. Ejercicio de actividades y uso de denominaciones reservadas a las entidades aseguradoras.
  75. CAPÍTULO IV
  76. SECCIÓN 1
  77. Artículo 49. Entidades aseguradoras autorizadas.
  78. Artículo 50. Cesión de cartera y fusión transfronteriza. 2 redacciones · cambió el 05/03/2011
  79. Artículo 51. Medidas de intervención.
  80. Artículo 52. Deber de información al Ministerio de Economía y Hacienda.
  81. Artículo 53. Deber de información al tomador del seguro.
  82. Artículo 54. Remisión general.
  83. SECCIÓN 2
  84. Artículo 55. Establecimiento de sucursales.
  85. SECCIÓN 3
  86. Artículo 56. Actividades en régimen de libre prestación de servicios.
  87. CAPÍTULO V
  88. Artículo 57. Entidades reaseguradoras. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  89. Artículo 58. Acceso a la actividad de las entidades reaseguradoras españolas. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  90. Artículo 58 bis. Condiciones para el ejercicio de la actividad reaseguradora. 2 redacciones · cambió el 30/06/2009
  91. Artículo 58 ter. Intervención y supervisión de entidades reaseguradoras.
  92. CAPÍTULO VI
  93. Artículo 59. Prelación de créditos.
  94. Artículo 60. Deber de información al tomador. 4 redacciones · cambió el 15/05/2013
  95. Artículo 61. Mecanismos de solución de conflictos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2006
  96. Artículo 62. Protección administrativa.
  97. Artículo 63. Departamento o servicio de atención al cliente. Defensor del cliente.
  98. CAPÍTULO VII
  99. Artículo 64. Concepto y requisitos.
  100. Artículo 65. Ámbito de cobertura y prestaciones. 2 redacciones · cambió el 08/12/2007
  101. Artículo 66. Ampliación de prestaciones.
  102. Artículo 67. Fondo mutual y garantías financieras.
  103. Artículo 68. Normas aplicables.
  104. CAPÍTULO VIII
  105. SECCIÓN 1
  106. Artículo 69. Distribución de competencias. 2 redacciones · cambió el 17/05/2006
  107. SECCIÓN 2
  108. Artículo 70. Control de la actividad aseguradora.
  109. Artículo 71. Control de las entidades aseguradoras. 3 redacciones · cambió el 27/06/2014
  110. Artículo 72. Inspección de Seguros.
  111. Artículo 73. Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.
  112. Artículo 74. Registros administrativos. 2 redacciones · cambió el 05/03/2011
  113. SECCIÓN 3
  114. Artículo 75. Deber de secreto profesional.
  115. Artículo 76. Aseguramiento en terceros países.
  116. Artículo 77. Deber de colaboración con los Estados miembros del Espacio Económico Europeo y obligaciones de información y reciprocidad. 2 redacciones · cambió el 30/06/2009
  117. TÍTULO III
  118. CAPÍTULO I
  119. SECCIÓN 1
  120. Artículo 78. Ordenación y supervisión de entidades aseguradoras autorizadas.
  121. Artículo 79. Cesión de cartera.
  122. Artículo 80. Medidas de intervención.
  123. Artículo 81. Deber de información al tomador del seguro. 2 redacciones · cambió el 05/03/2011
  124. Artículo 82. Tributos y afiliación obligatoria.
  125. SECCIÓN 2
  126. Artículo 83. Determinación de condiciones de ejercicio.
  127. Artículo 84. Inspección de sucursales por la autoridad supervisora de origen.
  128. SECCIÓN 3
  129. Artículo 85. Inicio y modificación de la actividad.
  130. Artículo 86. Representante a efectos fiscales y en el seguro de automóviles. 3 redacciones · cambió el 05/03/2011
  131. Sección 4.ª
  132. Artículo 86 bis. Agencias de suscripción. 2 redacciones · cambió el 23/03/2013
  133. Artículo 86 ter. Intervención y supervisión de agencias de suscripción.
  134. CAPÍTULO II
  135. Artículo 87. Establecimiento de sucursales.
  136. Artículo 88. Condiciones para el ejercicio de la actividad aseguradora.
  137. Artículo 89. Normas especiales de intervención de sucursales.
  138. Artículo 90. Régimen especial de las entidades aseguradoras suizas.
  139. CAPÍTULO III
  140. Artículo 91. Entidades reaseguradoras domiciliadas en otros países miembros del Espacio Económico Europeo.
  141. Artículo 92. Entidades reaseguradoras de terceros países.
  142. Disposición adicional primera. Seguro de caución a favor de Administraciones públicas.
  143. Disposición adicional segunda. Moneda exigible en compromisos y riesgos.
  144. Disposición adicional tercera. Colaboradores en la actividad aseguradora. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  145. Disposición adicional cuarta. Conciertos de entidades aseguradoras con organismos de la Administración de la Seguridad Social.
  146. Disposición adicional quinta. Validez de la autorización administrativa en todo el Espacio Económico Europeo. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  147. Disposición adicional sexta. Modificaciones exigidas por la adaptación a la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados.
  148. Disposición adicional séptima. Entidades aseguradoras autorizadas para operar en seguro de vida y en seguro distinto al de vida.
  149. Disposición adicional octava. Entidades aseguradoras autorizadas para operar en una parte de los riesgos del ramo de enfermedad.
  150. Disposición adicional novena. Adaptación de las mutualidades de previsión social.
  151. Disposición adicional décima. Cobertura de créditos preferentes.
  152. Disposición adicional undécima. Entidades con cometido especial.
  153. Disposición adicional duodécima. Igualdad de trato entre mujeres y hombres.
  154. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en materia de medidas de saneamiento y liquidación de entidades aseguradoras por la Ley 34/2003, de 4 de noviembre, de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados.
  155. Disposición transitoria segunda. Adaptación de las entidades aseguradoras a las nuevas exigencias de fondo de garantía introducidas por la Ley 34/2003, de 4 de noviembre, de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados.
  156. Disposición transitoria tercera. Adecuación temporal de las referencias al artículo 10 de Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
  157. Disposición final primera. Bases de la ordenación de seguros y competencias exclusivas del Estado. 2 redacciones · cambió el 03/07/2007
  158. Disposición final segunda. Potestad reglamentaria.
  159. [Información relacionada]