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Legislación › Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears.

Artículo 31. Estructura básica.

Artículo 31. Estructura básica.

1. Puertos de las Illes Balears se organiza, en los términos que prevean los estatutos de la entidad, de acuerdo con la estructura básica siguiente:

a) El presidente, el vicepresidente y el Consejo de Administración son los órganos de gobierno.

b) El director gerente y el resto de órganos dependientes son los órganos de gestión.

c) El Consejo Asesor es el órgano de consulta y participación.

2. El Gobierno, a propuesta del Consejo de Administración, aprueba y modifica los estatutos mediante decreto.

Se modifica y se renumera por el art. único.17 de la Ley 6/2014, de 18 de julio. BOE-A-2014-8819

Su anterior numeración era artículo 26.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de julio de 2014 En vigor BOE-A-2014-8819 Leer Qué cambió
3 de julio de 2005 Texto original Leer

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