Legislación › Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo.
Artículo 15. Certificación del genotipo de los animales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de noviembre de 2005 y la del 12 de noviembre de 2006.
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Artículo 15. Certificación del genotipo de los animales.
1. Corresponderá Corresponde a las autoridades competentes de las comunidades autónomas la expedición de certificados expedir, a petición del propietario, certificación del genotipo de los sus animales participantes que participen en el Programa nacional de genotipado ovino.
2. La expedición de certificados del genotipo de los animales participantes en el Programa nacional de genotipado ovino deberá basarse en la información contenida los datos contenidos en el sistema de información Aries, y tendrá efectos en todo el territorio nacional.
3. El certificado contendrá, como mínimo, la siguiente información: número de
a) Númerocertificado. certificado, código de identificación individual del
b) Códigoanimal. animal, raza, sexo, genotipo, fecha del análisis, código de la
c) Raza.
d) Sexo.
e) Genotipo.
f) Fecha de análisis.
g) Propietario.
h) Códigoexplotación. explotación donde el animal es genotipado por vez primera y fecha de emisión del certificado.
i) Fecha
4. Todo animal que sea objeto de intercambio dentro del territorio nacional deberá ir acompañado de su certificado de genotipo debidamente cumplimentado. Las cartas genealógicas expedidas por las organizaciones oficialmente reconocidas deberán incluir la información sobre el genotipo del gen PRNP. Esa información deberá basarse en los datos contenidos en el sistema de información Aries y tendrá efectos en todo el territorio nacional.
5. El nuevo titular solicitará a la autoridad competente, en la forma y los plazos que esta determine, la consignación del nuevo propietario y explotación.
6.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de noviembre de 2006 En vigor | BOE-A-2006-19624 | Leer | Qué cambió |
| 22 de noviembre de 2005 | Texto original | Leer |


