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Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 22 de noviembre de 2005 · Último cambio el 25 de febrero de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación del Reglamento.
  3. Disposición adicional primera. Registro de fundaciones de competencia estatal.
  4. Disposición adicional segunda. Normas contables.
  5. Disposición adicional tercera. Normas de elaboración del plan de actuación.
  6. Disposición transitoria única. Registros de fundaciones.
  7. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  8. Disposición final primera. Desarrollo normativo.
  9. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  10. Firma
  11. REGLAMENTO
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 1. Objeto del reglamento.
  14. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  15. Artículo 3. Denominación de las fundaciones.
  16. Artículo 4. Delegaciones en España de fundaciones extranjeras.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 5. Acreditación de las aportaciones a la dotación.
  19. Artículo 6. Valoración de las aportaciones a la dotación.
  20. Artículo 7. Fundación en proceso de formación.
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 8. Normas de organización del patronato.
  23. Artículo 9. Convocatoria y constitución del patronato.
  24. Artículo 10. Composición del patronato.
  25. Artículo 11. Adopción de acuerdos por el patronato.
  26. Artículo 12. Actas de las sesiones del patronato.
  27. Artículo 13. Funciones del presidente y vicepresidentes del patronato.
  28. Artículo 14. Funciones del secretario del patronato.
  29. Artículo 15. Otros órganos de la fundación.
  30. CAPÍTULO IV
  31. Artículo 16. Composición del patrimonio.
  32. Artículo 17. Régimen de disposición y gravamen de los bienes de la fundación. 2 redacciones · cambió el 19/01/2008
  33. Artículo 18. Contenido de la solicitud de autorización y de la comunicación.
  34. Artículo 19. Procedimiento de autorización administrativa.
  35. Artículo 20. Autorización anual para la enajenación de valores cotizados.
  36. Artículo 21. Efectos de la falta de autorización o de comunicación.
  37. Artículo 22. Reducción grave de los fondos propios.
  38. CAPÍTULO V
  39. Sección 1
  40. Artículo 23. Actividades de la fundación.
  41. Artículo 24. Participación de la fundación en sociedades mercantiles.
  42. Artículo 25. Códigos de conducta para la realización de inversiones temporales.
  43. Sección 2
  44. Artículo 26. Plan de actuación.
  45. Artículo 27. Libros de contabilidad.
  46. Artículo 28. Cuentas anuales.
  47. Artículo 29. Cuentas consolidadas.
  48. Artículo 30. Descripción de las actividades fundacionales en la memoria.
  49. Artículo 31. Auditoría externa.
  50. Sección 3
  51. Artículo 32. Destino de rentas e ingresos.
  52. Artículo 33. Gastos de administración.
  53. Artículo 34. Remuneración de patronos y autocontratación.
  54. CAPÍTULO VI
  55. Artículo 35. Intervención temporal.
  56. CAPÍTULO VII
  57. Artículo 36. Procedimiento de modificación estatutaria.
  58. Artículo 37. Procedimiento de fusión de fundaciones.
  59. Artículo 38. Procedimiento de extinción de la fundación.
  60. Artículo 39. Procedimiento y criterios de liquidación.
  61. CAPÍTULO VIII
  62. Artículo 40. Organización general del protectorado.
  63. Artículo 41. Atribuciones del protectorado.
  64. Artículo 42. Funciones de apoyo, impulso y asesoramiento.
  65. Artículo 43. Funciones en relación con el proceso de constitución.
  66. Artículo 44. Funciones en relación con el patronato.
  67. Artículo 45. Funciones en relación con el patrimonio de la fundación.
  68. Artículo 46. Funciones relativas al cumplimiento de fines.
  69. Artículo 47. Funciones en relación con la modificación, fusión y extinción de las fundaciones.
  70. Artículo 48. Funciones en relación con el ejercicio de las acciones legalmente previstas.
  71. CAPÍTULO IX
  72. Artículo 49. Naturaleza y estructura. 2 redacciones · cambió el 25/02/2026
  73. Artículo 50. Funciones.
  74. Artículo 51. Pleno del Consejo. 2 redacciones · cambió el 25/02/2026
  75. Artículo 52. Vocales representantes de las fundaciones. 2 redacciones · cambió el 25/02/2026
  76. Artículo 53. Comisión Permanente. 2 redacciones · cambió el 25/02/2026
  77. Artículo 54. Comisión de Cooperación e Información Registral. 2 redacciones · cambió el 25/02/2026
  78. Artículo 55. Funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 25/02/2026
  79. Disposición adicional primera. Fundaciones laborales.
  80. Disposición adicional segunda. Auditoría externa y plan de actuación de las fundaciones del sector público estatal.
  81. Disposición adicional tercera. Inventario.
  82. Disposición adicional cuarta. Creación de la Comisión de Selección de las vocalías del Consejo Superior de Fundaciones en representación de las fundaciones.