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Ley 13/2005, de 27 de diciembre, del régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 4 de febrero de 2006 · Último cambio el 12 de noviembre de 2008 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 06/07/2007
- TÍTULO II
- Artículo 3. Dedicación absoluta.
- Artículo 4. Retribución única.
- Artículo 5. Deber de lealtad.
- Artículo 6. Deber de abstención.
- Artículo 7. Prohibición de intervenir en actividades privadas después del cese.
- TÍTULO III
- Artículo 8. Compatibilidad con actividades privadas.
- Artículo 9. Compatibilidad con actividades publicas.
- Artículo 10. Compatibilidad con cargos electivos. 2 redacciones · cambió el 12/11/2008
- Artículo 11. Compatibilidad con el ejercicio de la docencia universitaria.
- TÍTULO IV
- Artículo 12. Declaraciones.
- Artículo 13. Plazos.
- Artículo 14. Registros. 2 redacciones · cambió el 12/11/2008
- Artículo 15. Control y gestión de valores y activos financieros.
- Artículo 16. Órganos de instrucción y resolución de los expedientes.
- TÍTULO V
- Artículo 17. Infracciones.
- Artículo 18. Sanciones.
- Artículo 19. Medidas accesorias.
- Artículo 20. Competencia.
- Artículo 21. Procedimiento.
- Artículo 22. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Comunicación de las designaciones y los nombramientos de altos cargos por las entidades de derecho publico y por las sociedades, las fundaciones y los consorcios con participación de la Administración.
- Disposición adicional segunda. Comunicación de las designaciones y los nombramientos de altos cargos por las entidades o empresas privadas con representación del sector publico autonómico.
- Disposición adicional tercera. Adición de una letra al artículo 115 del Decreto Legislativo 1/1997.
- Disposición transitoria. Renovación de las declaraciones de los altos cargos nombrados antes de la entrada en vigor de la presente Ley.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Autorización al Gobierno.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


